Preguntas Frecuentes de Puestos de Bolsa | APB Asociación de Puestos de Bolsa
MENU
×

PREGUNTAS FRECUENTES DE PUESTO DE BOLSA

El asesor de inversión es una figura novedosa de la Ley 249-17 del mercado de valores. Son personas físicas y jurídicas que, sin fungir como intermediarios de valores, proporcionan de manera habitual y profesional asesoría en materia de inversión en valores de oferta pública inscritos en el Registro, análisis y recomendaciones de inversión de manera individualizada y las demás actividades previstas en la ley y sus reglamentos.

Es el acto realizado por una o varias personas, tanto físicas como jurídicas, a través del cual se interfiera o influya en la libre interacción entre oferta y demanda, haciendo variar artificialmente el volumen o precio de valores de oferta pública, con la finalidad de obtener un beneficio propio o de terceros, así como divulgar información falsa o engañosa al mercado con este propósito.

La Superintendencia pone a su alcance una serie de servicios e información de su interés en el Registro del Mercado de Valores, tales como:

– Reglamentos y disposiciones que regulan el mercado de valores en la República Dominicana;

– Información sobre los valores que se negocian en nuestro mercado y de los participantes que incursionan en el mismo;

– Alertas sobre empresas que ofrecen valores y servicios no autorizados;

– Hechos relevantes sobre los participantes del mercado de valores;

– Información financiera de los participantes del mercado de valores;

– Actividades de información y educación dirigidas al inversionista a través de la escuela Bursátil.

Por su papel de regulador la Superintendencia del Mercado de Valores no garantiza la solvencia de los emisores ni de la calidad de los valores en que usted debe invertir.  No obstante, la SMIV pone a su alcance toda la información pública de los participantes y valores que se ofrecen en el mercado. Toda la información pueden consultarla en la página web de la Superintendencia en el Registro del Mercado de Valores, al cual puede acceder a través del siguiente vínculo:

https://seri.simv.gob.do/consulta/Participantes_Tipos.php

El mercado primario es aquel en el que las emisiones de valores de oferta pública son colocadas por primera vez en el mercado de valores para financiar las actividades de los emisores.

El mercado secundario es el que comprende todas las transacciones, operaciones y negociaciones de valores de oferta pública, emitidos y colocados previamente en el mercado primario.

Los estados financieros están disponibles en nuestras oficinas para consulta del público y a través de la página Web de la Superintendencia del Mercado de Valores en la sección Estados Financieros.

Es deber de los emisores mantener disponible para los inversionistas sus Estados Financieros actualizados.

Los distintos emisores puede encontrarlos en el Registro del Mercado de Valores accediendo a la página web de la Superintendencia que puede consultar si ingresa a en la sección Mercado de Valores desde el menú principal, selecciona la opción “Registro” y dentro de esta “Emisores de Valores”.

Un prospecto de emisión es un documento escrito que tiene por finalidad recoger información completa sobre el emisor y los valores que se ofrecen, con el objetivo de que los potenciales inversionistas puedan tener un buen juicio sobre la inversión que se les propone y del emisor de dichos valores. El prospecto debe contener suficiente información sin omitir datos relevantes, y no incluir informaciones que puedan inducir a error a los inversionistas. Debe estar redactado en un lenguaje claro y preciso, de forma que no dé lugar a la formación de juicios erróneos.

El  prospecto brinda un panorama claro sobre toda la información de su posible inversión, así como una descripción de los beneficios y riesgos que asume.

La lectura del prospecto es un deber fundamental de toda aquella persona que participe en el mercado de valores, sin importar el tamaño de sus inversiones.

Cuando una persona decide participar en el mercado de valores debe asumir una serie de responsabilidades tales como: conocer su perfil de inversionista, solicitar información que le ayuden a tomar decisiones, darle seguimiento a sus inversiones, entre otras.

Así también puede reclamar sus derechos: obtener un perfil de inversionista, derecho a recibir información, derecho a recibir asesoría sobre los productos y servicios que ofrecen los participantes, derecho a presentar denuncias, percibir el pago de capital e intereses según las condiciones establecidas para su instrumento, entre otros.

Un perfil de inversionista es una evaluación personalizada que reúne un conjunto de características relevantes para la toma de sus decisiones de inversión.  Tiene como objetivo a partir de su resultado, ofrecer a los inversionistas los productos y servicios que mejor se ajusten a ese perfil.

Usted debe tener presente que a toda inversión se asocia algún grado de riesgo, aun cuando se trate de valores emitidos por el Estado.

A la hora de llevar a cabo una inversión, asegúrese de que su asesor o su corredor de valores le diseñe su perfil de inversionista, con el fin de conocer cuál es su tolerancia al riesgo y analizar otras variables como el plazo de su inversión, entre otras, que le permitirá seleccionar las opciones que se ajusten mejor a sus necesidades y preferencias.

Eso sí, recuerde siempre que existe una estrecha relación entre rendimiento y riesgo.   Entre más alto el rendimiento, más alto es el riesgo; entre más bajo el riego, más bajo es el rendimiento.

La SIMV realiza a lo largo del año actividades de capacitación al público en general, con el fin de contribuir con la educación financiera. Los talleres son gratuitos y se ofrecen actualmente en modalidad presencial y remota.  Los interesados pueden acceder a la página web de la Superintendencia y acceder a la pestaña de Escuela Bursátil para formalizar su inscripción.

Los costos por participar como emisor en el mercado de valores van a depender de múltiples factores, como por ejemplo, monto de la emisión, tarifas por registro, el tipo de estructuración, los honorarios profesionales de las asesorías que se requiera (calificador de riesgos, auditorías  externas, estructuradores, estudios periciales, las condiciones de las tasas de interés y otros).

Los intermediarios de valores son sociedades anónimas constituidas de conformidad con la Ley de Sociedades, cuyo objeto social único es la intermediación de valores de oferta pública y las demás actividades autorizadas previstas en la ley. Los intermediarios de valores son regulados por la Superintendencia del Mercado de Valores, de acuerdo a los requisitos establecidos en la Ley y el Reglamento de Intermediarios de Valores.

Los intermediarios de valores afiliados a las bolsas de valores, deberán tener antepuestas o agregadas, según corresponda, las palabras “Puesto de Bolsa afiliado de la Bolsa de Valores de”. Estos intermediarios podrán operar en los mecanismos centralizados de negociación y en el Mercado OTC.

Para invertir en el mercado de valores, el inversionista debe dirigirse a un Puesto de Bolsa inscrito en el Registro de Mercado de Valores, en esta entidad le atenderá un corredor de valores autorizado y le realizará un cuestionario de preguntas a fin de conocer sus necesidades y perfil de inversionista y recomendarle la inversión más adecuada.

Después deberá firmar con este Puesto de Bolsa una serie de contratos que lo convertirán en su cliente y a partir de ahí podrá realizar todas las inversiones que desee, de acuerdo a su perfil, a través de su Puesto de Bolsa.

Sin embargo, antes de elegir la inversión, debe asegurarse de obtener toda la información relativa a dicha inversión y su emisor, para lo cual, su puesto de bolsa le deberá facilitar el prospecto de colocación; así como los estados financieros auditados y la calificación de riesgo que se encuentran anexos al prospecto.

Dentro de los beneficios de participar en el mercado de valores se pueden mencionar los siguientes:

– Las empresas emisoras tienen la posibilidad de obtener mayor financiamiento y a un plazo mayor, a un menor costo y a tasas de interés más bajas.

– El inversionista puede diversificar riesgos a través de la opción de invertir en diferentes productos financieros.

– La infraestructura del mercado de valores está organizada para que las transacciones se realicen de forma ordenada, transparente y segura.

– Existe una entidad encargada de regular y supervisar el buen funcionamiento del mercado y proteger a los inversionistas.

– Se exige suficiente información sobre los participantes del mercado, lo que brinda mayor seguridad a quienes participan en ella.

– Acceso a asesoría especializada en inversiones.

  • Emisores;
  • Depósito Centralizado de Valores;
  • Intermediarios de Valores;
  • Sociedad Administradora de Mecanismos Centralizados de Valores;
  • Calificadoras de Riesgo;
  • Corredores de Valores;
  • Promotores de Inversión;
  • Auditores Externos
  • Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
  • Proveedor de precios;
  • Sociedad titularizadora;
  • Sociedad fiduciaria de oferta pública de valores;
  • Entidades de contrapartida central;
  • Asesores de inversión.

 

Es el mercado que comprende la oferta y demanda de valores organizando en mecanismos centralizados de negociación y en el Mercado OTC, para permitir el proceso de emisión, colocación y negociación de valores de oferta pública inscritos en el Registro del Mercado de Valores, bajo la supervisión de la Superintendencia.

Es una nota otorgada por las empresas calificadoras de riesgo a los diversos instrumentos de renta fija que se colocan en el mercado (bonos corporativos, bonos subordinados, Papeles comerciales entre otros.). La misma es la opinión de la agencia calificadora de riesgo sobre la capacidad de una sociedad para cumplir con sus obligaciones financieras.

Para otorgar una calificación de riesgo se consideran tanto aspectos cuantitativos como cualitativos, dentro de los que encuentran: las fortalezas y debilidades de la empresa emisora para cumplir adecuadamente sus compromisos de pago, el modelo de negocio, la propiedad o administración, salud y desempeño financiero de la sociedad, la industria en que se desarrolla el negocio, las características propias del instrumento, las garantías otorgadas, entre otros factores.

La calificación de riesgo es la opinión de una agencia calificadora de riesgo sobre la solvencia y capacidad que tiene un emisor, y los valores que emite, de cumplir con sus compromisos financieros.

Los diferentes niveles de la escala señalan el grado de riesgo asociado de cada emisión o del emisor por lo que, para su mejor comprensión, debe leer su significado.  Asimismo, debe leer el informe que acompaña la calificación para conocer los fundamentos en que se basa la agencia calificadora para asignar una calificación.

Cada calificadora de riesgo debe depositar sus metodologías de calificación ante la SIMV y las escalas de riesgo que se asocian a cada uno de ellas.

Es un documento escrito de carácter público que contiene características concretas de los valores que se ofrecen y, en general, los datos e información relevante respecto del emisor y de los intervinientes del proceso de oferta pública.

En la siguiente dirección se encuentran los emisores y las emisiones de valores que éstos han ofertado:

https://seri.siv.gov.do/consulta/Emisores.php

La Superintendencia del Mercado de Valores no hace recomendaciones de inversión. Como inversionista, usted debe informarse sobre los valores en que vaya invertir. Para esto, tanto el emisor como los agentes que éste designe para la venta de sus valores, deberá entregarle los documentos que contienen información sobre el emisor y la emisión, dentro de los que están: el prospecto de colocación, la calificación de riesgo y los estados financieros auditados.

A diferencia de los valores representativos de deuda (bonos), cuya tasa de interés está pactada de antemano, las acciones son de renta variable. Al comprar una acción de una sociedad, con su participación usted se convierte en propietario de la sociedad emisora en proporción a la inversión realizada. Con las acciones usted obtiene el derecho a participar en las utilidades (o pérdidas) que obtenga la sociedad. También podría obtener pérdidas o ganancias si el precio de la acción baja o sube en relación con el que usted pagó por ella.

Por su parte, los bonos son valores de renta fija que otorgan a sus dueños, derechos económicos fijos, es decir, derecho a percibir los intereses pactados y a la devolución de la totalidad o parte del capital invertido en una fecha dada. El tenedor de un bono, se convierte en acreedor de la compañía, mientras que el accionista se convierte en accionista- propietario de una parte del capital social, proporcional a su inversión.

La tasa de interés que pagan los títulos valores las define cada emisor de valores ya sea éste un emisor diferenciado o emisor privado, tanto del sector financiero como no financiero; por lo tanto debe consultar la información provista por la empresa de su interés para conocerlas. Estas informaciones se presentan en el prospecto de colocación y en los avisos de oferta pública. Los mismos están disponibles en nuestra página web.

De manera básica, la tasa de interés es la ganancia o beneficio que paga un valor, mientras que el rendimiento es el beneficio real que genera el mismo. A manera de ejemplo, si usted compra un bono a su valor de 1,000 pesos, que vence en un año y paga un interés de 10%, usted recibirá a final de año 1,100 pesos (los 1,000 pesos que invirtió más 100 pesos de interés que generó dicho bono), por lo tanto, esos 100 pesos adicionales es la ganancia que representa el 10% de tasa de interés que se ofreció con el bono.

Por otro lado, si ese mismo bono que vale 1,000 pesos y que paga la misma tasa de interés, usted lo compra a 990 pesos, usted recibirá los mismos 1,100 pesos al final, sólo que esta vez usted recibe adicional 110 pesos (1,100 menos los 990 que invirtió). En términos porcentuales, esos 110 pesos representa de los 990 un 11.11% y dicho porcentaje se conoce como tasa de rendimiento.

Sin embargo, si hubiera pagado por ese mismo bono 1,025 pesos, el rendimiento sería la diferencia de los 1,100 que recibiría al final menos los 1,025 que pago por el valor lo que es igual a 75 pesos. Estos 75 representan un 7.32% de los 1,025 pesos, y por lo tanto, el rendimiento es menor.

Rentabilidad: Generalmente superior a los productos tradicionales de ahorro.

Asesoría: Los fondos cuentan con asesoras de inversión y con un área de servicio al cliente para resolver tus consultas y/o interrogantes.

Disponibilidad: Una vez cumplido el plazo mínimo de permanencia puedes disponer de tu dinero cuando lo desees, sin penalidades.

Manejo profesional: Los fondos mutuos deben contar con un equipo de profesionales expertos en inversiones, que buscan constantemente las mejores oportunidades de inversión para tu dinero.

Fácil acceso: No necesitas grandes sumas de dinero  para ingresar de manera rápida y sencilla al mercado de capitales local e internacional.

Diversificación: Los fondos mutuos invierten tu dinero en una variedad de instrumentos financieros, brindando una adecuada combinación de rentabilidad y seguridad. Recuerda que a mayor diversificación menor riesgo.

Son aquellos cuyo número de cuotas de participación colocadas entre el público es fijo y no son redimibles a solicitud de los aportantes directamente por el mismo fondo que los emite, excepto en los casos establecidos en esta ley, por lo que son negociables a través de las bolsas de valores. Estos fondos pueden tener un plazo de duración determinado o indeterminado, según el tipo de fondo de que se trate, conforme a lo dispuesto reglamentariamente.

Son aquellos que admiten la incorporación y el retiro de aportantes conforme las reglas establecidas en el reglamento interno, por lo que el monto del patrimonio y el número de las cuotas emitidas es variable, continua e ilimitada. Su plazo de duración es indefinido y las cuotas de participación colocadas entre el público no son negociables ni transables, ya que son redimibles directamente por el mismo fondo que los emite, a través de la sociedad administradora que los gestiona, excepto en los casos que se establezcan mediante reglamento.

Al invertir en un fondo mutuo o cerrado, el partícipe adquiere cuotas de participación. El valor de la cuota se calcula dividiendo el valor del patrimonio de un fondo entre el número de cuotas en circulación. De esta manera el valor cuota de un determinado fondo cambiará a medida que crezca o se reduzca el valor de su patrimonio.

Sí, la inversión en un fondo de inversión es del tipo renta variable, si los títulos que componen la cartera del fondo disminuyen su precio drásticamente o durante un período consecutivo,  puede ver afectada además de sus rendimientos (ganancias o pérdidas), su inversión inicial.

El rendimiento o beneficio  que genera un fondo de inversión está relacionado directamente con los activos en los que se ha invertido el dinero de los inversionistas, así como los intereses que devenguen dichos activos. Esto implica que no existe un rendimiento fijo para los inversionistas, pues al valorarse los activos a precios de mercado es probable que ocurran cambios o fluctuaciones en los precios de éstos que impacten los rendimientos.

Son valores que otorgan a sus titulares, derechos o partes alícuotas de participación sobre el patrimonio del emisor a prorrata de la inversión, siendo el rendimiento variable en forma de ganancias de capital o distribuciones periódicas de dividendos, según la política de dividendos establecida.

Son valores representativos de deuda procedentes del pasivo del emisor, cuyo rendimiento no depende de sus resultados financieros, por lo que le representan una obligación de restituir el capital invertido más un rendimiento predeterminado, en los términos y condiciones señalados en el respectivo valor.

Acciones: Valores de renta variable que representan una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima y que podrá ser ordinarias, también llamadas comunes, o preferidas.

Acciones comunes: Son valores que representan la propiedad dentro de la empresa y gozan de los mismos derechos y obligaciones, según las normas fijadas por los estatutos. Cuentan con derecho a voz y voto en las asambleas.

Acciones preferidas: Las que incorporan a su titular derechos particulares de toda naturaleza, de conformidad a la Ley de Sociedades y la Ley 249-17.

Bonos: Valores de renta fija emitidos por personas jurídicas a un plazo mayor a un año.

Bonos hipotecarios: Valores de oferta pública de renta fija a largo plazo, emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, con la garantía de préstamos hipotecarios existentes registrados en el activo de las mismas, cuyas condiciones sean compatibles con las consignadas en dichos títulos, siempre que se cumpla con lo establecido en la Ley Núm. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el Reglamento Unificado de Valores e Instrumentos Hipotecarios emitido por la Junta Monetaria y demás normativas aplicables.

Cuotas de participación: Cada una de las partes alícuotas, de igual valor y características, en las que se divide el patrimonio de un fondo de inversión abierto o un fondo de inversión cerrado, que expresa los aportes realizados por un aportante que otorga a éste último, derechos sobre el patrimonio del mismo. Estas pueden ser:

Papeles comerciales: Valores de renta fija emitidos por personas jurídicas a un plazo de hasta un año.

Valores de fideicomiso: Son aquellos valores que están respaldados por fideicomisos de oferta pública dentro de un proceso de titularización, al amparo de la Ley sobre Mercado de Valores.

Valores titularizados: Son valores de oferta pública originados mediante procesos de titularización, emitidos por una sociedad titularizadora con cargo a un patrimonio separado, al amparo de la Ley sobre el Mercado de Valores y las disposiciones que se establezcan en la Ley.

De acuerdo a la ley, es un derecho o conjunto de derecho de contenido esencialmente económico, que incorpora un derecho literal y autónomo que se ejercita por su titular legitimado. Quedan comprendidos dentro de este concepto, los instrumentos derivados que se inscriban en el Registro del Mercado de Valores.

De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Oferta Pública (R-CNMV-2019-24-MV), las PYMES podrán emitir valores de renta fija presentando la información siguiente:

  1. a) Información financiera de los dos (2) últimos años previos a la solicitud de autorización. Los estados financieros del último «o deberán estar auditado por un auditor externo inscrito en el Registro. El formato de los estados financieros del penúltimo año debe permitir la comparación de ambos ejercicios.
    b) Los estados financieros interinos correspondientes al último trimestre acumulado previo al depósito de la solicitud de autorización.
    c) Modelo del acto auténtico para cada emisión a generarse dentro del programa de emisiones en el cual se hagan constar los valores a representarse mediante el sistema de anotación en cuenta.
    d) Contrato del programa de emisiones a suscribir con el representante de la masa de obligacionistas.
    e) Original del acta o documento equivalente que autoriza la oferta pública por parte del órgano correspondiente.
    f) Certificación de empresa PYME emitida por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES.
    g) Calificación de riesgo del emisor, si aplica, conforme lo establecido en el Párrafo III del artículo 32 (Calificación de los instrumentos financieros objeto de una oferta pública) del presente Reglamento.
    h) Prospecto de emisión PYMES el cual deberá incluir lo establecido en el instructivo emitido por la Superintendencia.
    i) Otros requisitos establecidos en el instructivo que emita la Superintendencia.
    Párrafo I. En toda documentación referente a la oferta pública, el emisor debe identificarse claramente como una entidad PYME.

Párrafo II. En caso de que la sociedad posea un período de operaciones inferior a dos (2) años, deberá remitir, bajo las formalidades establecidas, los estados financieros auditados por el tiempo que tengan operando. Asimismo, deberá depositar un adecuado Plan de Negocios que incluya un estudio de factibilidad que contribuya a una formada toma de decisión de inversión del público al que se dirige la oferta. Adicionalmente, en el prospecto de emisión se incluirá una explicación detallada de las razones que justifican esta remisión por un período inferior.

Párrafo III. Cuando un emisor deje de considerarse PYME, le seguirán aplicando las obligaciones establecidas para un emisor PYME mientras permanezcan vigentes cualquiera de sus emisiones registradas previo a su cambio de condición. Sin embargo, en caso de que deposite una nueva solicitud de autorización de oferta pública deberá cumplir con los requerimientos y obligaciones aplicables a un emisor sin condición de PYME establecidas en el presente Reglamento.